USO DE SOFTWARE MALICIOSO
ARTICULO 269E
El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Se entiende por software malicioso o malintencionado, todos aquellos programas capaces de sustraer informacion confidencial de una computadora, enviar spam o cometer fraude, es tambien denomidado malware o spyware.
Ejemplos:
- Redireccionamientos de URL no deseados.
- Anuncios emergentes.
- Resultados alterados en la búsqueda con Google
- Adición de barras de herramientas en el navegador o barras de búsqueda laterales no deseadas.
- Baja velocidad.
- Espias de teclado.